Capacitación Corporativa en Cumplimiento

Capacitamos equipos en las dos materias donde su organización responde: los delitos de la Ley N° 20.393 y la protección de datos personales bajo la Ley N° 21.719. No dictamos cursos genéricos sobre el articulado. Diseñamos programas segmentados por el grado de exposición real de cada persona a la información y al riesgo, con casos construidos sobre la operación de la organización, y con el respaldo documental que permite acreditar que la capacitación efectivamente ocurrió.

Servicios específicos

Una capacitación en estas materias produce dos resultados distintos, y el segundo suele pasarse por alto. El pedagógico: que las personas modifiquen conductas concretas en su trabajo diario. El probatorio: que la organización pueda acreditar, ante quien corresponda, a quién capacitó, en qué, cuándo y con qué resultado.

Sesión única, en vivo, para instalar un lenguaje común en toda la organización antes de tomar decisiones. Su propósito no es capacitar en el sentido técnico del término, sino que las decisiones que vengan después se tomen con conocimiento propio y no sobre la descripción que un tercero haga de la ley. Conviene declararlo de frente: una charla sin registro individual, sin evaluación y sin certificación nominativa no acredita capacitación. Abre el proceso; no lo cierra.

Cuatro niveles definidos por el grado de contacto de cada persona con información sensible, no por su cargo. Básico General, de cobertura masiva y formato breve. Especializado, para quienes manejan información sensible de manera habitual, en sesiones de trabajo sobre casos reales de su función. Directivo, en formato taller de decisión, sobre régimen de responsabilidad y deberes de dirección y supervisión. Delegado, para quien asuma el rol si la organización decide designarlo.

Ley N° 20.393: el catálogo de delitos aplicable al giro, las conductas de riesgo por proceso, el funcionamiento del canal de denuncias y el rol concreto de cada persona dentro del modelo de prevención. La capacitación es uno de los elementos que se consideran al evaluar si el modelo está efectivamente implementado, y no solo escrito.

Ley N° 21.719: qué es un dato personal y qué lo convierte en sensible, qué puede y qué no puede hacer cada persona con la información que maneja, por qué canal y por cuánto tiempo, los derechos de los titulares y el régimen de infracciones y sanciones.

No asumimos el rol de encargado de prevención de delitos: acompañamos a quien la organización designe. El encargado de prevención y el delegado de protección de datos cumplen funciones distintas y, por regla general, no deben recaer en la misma persona dentro de una organización. Preparamos a quien asuma cada rol, resolvemos sus consultas técnicas y sostenemos su formación en el tiempo.

El artículo 50 letra d) de la Ley N° 21.719 radica en el delegado la formación permanente de quienes participan en las operaciones de tratamiento: en el diseño de la ley, la capacitación es una función asignada a una persona determinada.

Dirigido a

AG & Asociados
01

Equipos con contacto operativo con información sensible

Quienes manejan la información en el día a día y concentran la mayor parte del riesgo real, con independencia de su posición en el organigrama.

02

Direcciones y jefaturas que deciden sobre tratamientos

Quienes definen qué se recoge, con qué finalidad y con qué resguardos, y sobre quienes recaen los deberes de dirección y supervisión.

03

Encargados de prevención y delegados de protección de datos

Quienes asumen un rol formal y necesitan preparación específica para ejercerlo, no una versión extendida de la charla general.

Se capacita por exposición, no por jerarquía

El error más frecuente en estos planes es organizarlos por nivel jerárquico: una charla general para todos y una versión extendida para las jefaturas. El resultado es predecible. Quienes tienen el mayor contacto operativo con información sensible reciben el contenido más superficial, siendo que concentran la mayor parte del riesgo real. Organizamos la formación según el grado de exposición de cada persona, con independencia de su cargo.

Por la misma razón no publicamos un valor. Un plan diferenciado por exposición se dimensiona a partir de información que no tenemos de antemano: cuántas personas hay en cada nivel, qué roles acceden a información sensible y por qué medios, y en qué plazo se busca la cobertura. Por eso el primer paso es siempre una sesión de levantamiento.

Segmentación

Cuatro niveles definidos por exposición real, no por organigrama.

Casos propios

Ejercicios construidos sobre la operación de la organización, no sobre ejemplos de manual.

Trazabilidad

Registro individual con fecha y hora, evaluación con resultado y certificado nominativo por persona.

Cobertura masiva

Conexión a una plataforma de formación en línea, responsive y accesible desde teléfono, para los niveles de cobertura amplia.

Beneficios clave para su organización

Conducta modificada

Formación que cambia la operación diaria

Contenidos construidos sobre las situaciones reales de cada equipo, con criterios pedagógicos antes que expositivos. Una capacitación que se limita a exponer el articulado no modifica ninguna conducta.

Antecedente acreditable

Capacitación con respaldo documental

Registro individual, evaluación con resultado aprobado o reprobado, certificado nominativo y reporte consolidado por equipo y por nivel, en formato utilizable ante terceros.

Cobertura sin fricción

Alcance masivo sin detener la operación

El nivel de cobertura amplia se dicta en formato asincrónico desde cualquier dispositivo. Las sesiones sincrónicas se reservan para los niveles que las necesitan.