Circular 62 UAF: 3 Riesgos Ocultos al Identificar al Beneficiario Final que su Directorio No Puede Ignorar

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Introducción: El Riesgo Oculto en el Cumplimiento

Creer que la debida diligencia para identificar al Beneficiario Final termina al pedir la malla societaria es el error más común y costoso que veremos en directorios este año.La nueva  Circular UAF 62  ha redefinido este proceso. Ya no se trata de un simple trámite documental, sino de un sofisticado análisis de riesgo que va mucho más allá de la estructura de propiedad formal.Este artículo expone tres riesgos críticos, derivados de un enfoque superficial en la identificación del  Beneficiario Final , que pueden exponer a su empresa a severas sanciones financieras y un daño reputacional irreparable.

Riesgo 1: Más Allá de las Acciones – El Peligro del «Control Efectivo»

El primer riesgo reside en equiparar propiedad con control. La normativa actual exige mirar más allá de quién posee las acciones para descubrir quién realmente toma las decisiones.La definición de  Beneficiario Final  bajo la  Circular UAF 62  tiene dos criterios independientes:

  1. La persona natural que posee, directa o indirectamente, el 10% o más del capital o de los derechos a voto.
  2. La persona natural que,  independientemente de su participación accionaria , ejerce el  control efectivo  en la toma de decisiones.El verdadero riesgo oculto está en el segundo punto. El «control efectivo» se define como la capacidad de  imponer decisionesdesignar o remover a la alta gerencia , o  disponer del uso, disfrute o beneficios de los activos  de la empresa. La normativa aclara que esta lista es meramente ejemplar, no taxativa, obligando a un análisis funcional de quién realmente ejerce el poder, más allá de los cargos formales.¿Qué sucede con ese gerente general que, sin ser dueño, tiene un poder general amplísimo que le permite vender activos sin consultar al directorio? Un punto ciego recurrente es ignorar los  «Pactos de Accionistas»  o los poderes notariales que otorgan este nivel de control a personas que no figuran en la estructura formal. Ignorar estos instrumentos no es un descuido administrativo; es una brecha de gobierno corporativo que expone al directorio a responsabilidad directa en caso de una infracción.

Riesgo 2: La Falsa Seguridad de las «Medidas Razonables»

El segundo riesgo es malinterpretar el concepto de «medidas razonables». Cuando es imposible identificar a un beneficiario final, la regulación no ofrece una salida fácil.Cuando la estructura de propiedad es tan fragmentada que nadie alcanza el 10%, la norma exige tomar  «medidas razonables»  para agotar la búsqueda y crear una evidencia que demuestre sus pasos para  verificar la veracidad y autenticidad  de la información.Esto no es un salvoconducto para nombrar al gerente general y cerrar el expediente. Significa construir una pista de auditoría. Esta evidencia debe incluir, como mínimo:

  • Correos electrónicos solicitando la información a su cliente.
  • Registros de las búsquedas realizadas en fuentes legales de información.
  • Copias de escrituras o estatutos solicitados para verificar la estructura declarada.Tenga cuidado con la falta de colaboración. Una  «dilación injustificada»  —entendida como el transcurso de  40 días hábiles  desde que se requirió el formulario— o la negativa a entregar la documentación es, por definición, una  señal de alerta . Esta situación obliga a evaluar el envío de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) a la UAF, una obligación central en la normativa de  Compliance en Chile  para la mitigación del riesgo de  Lavado de Activos .

Riesgo 3: La Vigencia del Dato – Su Carpeta de Cumplimiento No Es una Foto, Es una Película

El tercer riesgo es tratar la Debida Diligencia como un evento único. Un expediente de cumplimiento que era perfecto en 2024 puede ser un pasivo material hoy.La Circular N°62 define la  Debida Diligencia  como un  «proceso continuo de análisis de la conducta de los clientes» . No es una foto que se toma al inicio de la relación comercial, sino una película que debe monitorearse constantemente.Aunque la ficha del cliente debe actualizarse al menos anualmente, la obligación crítica es hacerlo  «cuando existan cambios relevantes» . Estos eventos gatillan una reevaluación inmediata. Algunos ejemplos concretos incluyen:

  • Un cambio en la estructura de propiedad que altera a los  Beneficiarios Finales .
  • El nombramiento de un nuevo socio o director que califica como Persona Expuesta Políticamente (PEP).
  • Una operación inusual que no corresponde con el giro comercial declarado por el cliente.En  AG & Asociados  hemos visto cómo carpetas de cumplimiento impecables se convierten en un riesgo material por no tener un sistema de monitoreo continuo que detecte estos cambios en tiempo real.

De Burocracia a Ventaja Estratégica

La correcta identificación del  Beneficiario Final  no debe ser vista como una carga burocrática, sino como una herramienta fundamental para la seguridad corporativa y la gestión de riesgos del directorio.Un enfoque superficial, centrado únicamente en la propiedad accionaria, deja a la compañía expuesta a riesgos financieros, regulatorios y reputacionales significativos. Por el contrario, un proceso robusto, que profundiza en el control efectivo y mantiene una vigilancia continua, protege al directorio al crear una defensa documentada y proactiva (debida diligencia), blindando la reputación del negocio y transformando una obligación en una ventaja estratégica.No espere a una fiscalización para descubrir sus brechas. Le invitamos a coordinar una sesión de diagnóstico con nuestro equipo en AG & Asociados para evaluar la robustez de su marco de cumplimiento y transformar esta obligación en una fortaleza corporativa.

Alejandra Guevara Mendoza

Socia Directora de AG & Asociados | Ex Fiscal del Ministerio Público

Abogada con un perfil estratégico híbrido, única en su capacidad para integrar la defensa penal de alta complejidad con la eficiencia operativa empresarial.

  • Doble Máster: Magíster en Derecho Penal y Magíster en Victimología, Criminología y Delincuencia.

  • Especialista Corporativa: Diplomada en Gestión de Derecho Corporativo y Diplomada en Gestión por Procesos.

  • Certificación Global: Profesional Internacional de Compliance (WCA).

Esta formación integral le permite no solo interpretar la norma, sino entrar a la operación de sus clientes para rediseñar procesos y blindarlos ante la fiscalización moderna.